FISCALES

Artículo IUS 816207. LEYES AUTOAPLICATIVAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

LEYES AUTOAPLICATIVAS.

Debe estimarse que el decreto de 30 de junio de 1943 (relativo al impuesto de la Renta sobre el Superprovecho) traía consigo un principio de ejecución, ya que ordenó que quedarán sin efecto las sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación que obligarán a devolver cantidades correspondientes al impuesto de la renta sobre el superprovecho; y es indudable que para ejecutar esta disposición, no era necesario ningún acto posterior de las autoridades.

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Registro digital (IUS): 816207

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1946; Pág. 131

Precedentes

Amparo 8928/45. Cobel Fernández Antonio. 19 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816207 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816207 de la J. Fiscales SCJN?

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