Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Cuando las partes recurrentes residen en el lugar del Juzgado de Distrito, y, por lo mismo, no necesitan valerse del correo, sino que están en aptitud de hacer llegar personalmente al referido Juzgado sus escritos u oficios de revisión, no existe razón legal ni jurídica alguna para tener por interpuesto el recurso en el momento en que se depositan los escritos u oficios relativos en la oficina de correos.
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Registro digital (IUS): 816312
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1939; Pág. 72
Reclamación 531/39. Legislatura y gobernador del Estado de Durango. 14 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 816311. LA AUTORIZACION PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESION DE AGENTE ADUANAL, PUEDE SER REVOCADA CUANDO, POR DISPOSICION DE LA LEY, CAMBIEN LAS CIRCUNSTANCIAS QUE MOTIVARON LA EXPEDICION DEL PERMISO.
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