FISCALES

Artículo IUS 816364. AUTORIDAD EJECUTORA.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

AUTORIDAD EJECUTORA.

Si interpone la revisión únicamente la autoridad ejecutora, y no las que ordenaron el acto, habiendo quedado nulificados por el amparo los actos reclamados y no habiendo, por consiguiente, nada qué ejecutar, el recurso de revisión interpuesto por la aludida autoridad ejecutora carece de materia y debe ser desechado.

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Registro digital (IUS): 816364

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1939; Pág. 73

Precedentes

Reclamación 1113/39. "Salinas Ocho y Trece". 10 de abril de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816364 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816364 de la J. Fiscales SCJN?

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