FISCALES

Artículo IUS 816367. FACTURAS QUE AMPARAN BEBIDAS ALCOHOLICAS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

FACTURAS QUE AMPARAN BEBIDAS ALCOHOLICAS.

Si bien es cierto que una cosa es la infracción que pudo cometer el fabricante del producto al omitir el impuesto y otra cosa es conservar el producto que no esté debidamente amparado, también lo es que no puede estimarse que no está debidamente amparado con la misma documentación que ha servido para considerar plenamente demostrado que no ha habido omisión en el pago del impuesto. En otros términos, si las facturas sirvieron para acreditar plenamente el pago del impuesto, su eficacia debe ser igual en favor del fabricante al que se atribuye la omisión del pago amparado por esa factura.

---

Registro digital (IUS): 816367

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 40

Precedentes

Amparo 2862/44. Casa Cervantes, S. A. 4 de octubre de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816367 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816367 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 816367 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 816367 FISCALES desde tu celular