FISCALES

Artículo IUS 816576. IMPUESTOS.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

IMPUESTOS.

Aún cuando el cobro de impuestos indebidos puede reclamarse mediante el amparo, en cualquier tiempo, no obstante que con anterioridad se hayan estado cubriendo dichos impuestos, esta tesis tiene aplicación cuando se ocurre al juicio de garantías a raíz de que el afectado advierte la ilegalidad de los cobros; pero no cuando el quejoso tuvo conocimiento de las violaciones que alega antes de los quince días que le concede la ley de amparo para promover el juicio, y estuvo haciendo gestiones que constituyeron un recurso legal ante las propias responsables.

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Registro digital (IUS): 816576

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1938; Pág. 54

Precedentes

Amparo 1987/37. Villalobos Juan. 27 de noviembre de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816576 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816576 de la J. Fiscales SCJN?

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