FISCALES

Artículo IUS 816654. UNIVERSIDAD NACIONAL DE MEXICO. SI PUDO PEDIR AMPARO.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

UNIVERSIDAD NACIONAL DE MEXICO. SI PUDO PEDIR AMPARO.

Cuando la universidad ha presidido la dirección de la educación y cultura superiores, no ha hecho mas que conectar las fuerzas espirituales de la colectividad mediante hombres preparados conforme a una ideología al servicio del régimen que ha creado dicha universidad, colocándose la quejosa en el justo plano de educación superior que le señala la ley, no le alcanzan los efectos del decreto que reclama en la vía de amparo, pues él no invade el campo de la educación preparatoria que dice la universidad tener derecho a impartir la educación secundaria, que sólo el Estado o los particulares autorizados pueden impartir, debe ser socialista, y obligatoria para todos los que quieran seguir carreras de cultura superior.

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Registro digital (IUS): 816654

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1935; Pág. 118

Precedentes

Amparo 2040/35. Universidad Nacional de México. 18 de mayo de 1935. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816654 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816654 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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