FISCALES

Artículo IUS 816905. APLICACIÓN DEL ARTICULO 15 FRACCION IX BIS, DE LA LEY.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

APLICACIÓN DEL ARTICULO 15 FRACCION IX BIS, DE LA LEY.

Como el impuesto es a cargo de la persona que recibe el dividendo, resulta indudable que cada vez que alguna persona obtenga ingresos por este motivo, queda afectada al pago del impuesto del 8% que por concepto de cédula segunda establece dicho precepto, sin que sea de tomarse en cuenta que el pago lo efectúe una sociedad causante de cédula primera o de cédula segunda. El impuesto sobre dividendos recae sobre las personas que perciben el beneficio y no sobre la sociedad que los paga, de manera que no sería lógico que sólo reportaran esa carga las personas que fuesen accionistas de una sociedad que cause impuestos en cédula primera, ni tampoco sería equitativo, porque estando colocados los causantes en igualdad de condiciones, la tributación debe ser para ambos.

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Registro digital (IUS): 816905

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 94

Precedentes

Amparo 9808/44. El Molino del Carmen, S. A. 17 de octubre de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816905 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816905 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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