FISCALES

Artículo IUS 816944. APLICACIÓN DEL ARTICULO 147 DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocaadministrativa

Texto Legal

APLICACIÓN DEL ARTICULO 147 DE LA LEY DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

Este precepto, textualmente establece, que "cualquiera indicación en productos nacionales amparados por marcas, registradas o no, relativa a registros en otros países, o leyendas en idiomas extranjeros, serán consideradas como tendientes a inducir al público en error sobre la procedencia de los efectos marcados, y el caso caerá, por lo tanto, bajo la sanción de los artículos 259 y 260 de esta ley". En consecuencia, la repulsa del registro de la marca de la quejosa, en la que aparece la leyenda "Vinho do Porto", que es una expresión del idioma portugués, no es fuente de violación de garantías.

---

Registro digital (IUS): 816944

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 138

Precedentes

Amparo 1593/45. Compañía Destiladora, S. A. 11 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 816944 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 816944 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 816944 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 816944 FISCALES desde tu celular