Tesis aislada · Quinta Época · Cuarta Sala
El gerente general de Petróleos Mexicanos está obligado a absolver posiciones, pero dado el carácter de la institución que representa, la prueba de confesión debe desahogarse en los términos previstos por el artículo 127 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
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Registro digital (IUS): 817098
Fuente: Informes
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1945; Pág. 63
Amparo directo 5862/44. Cano Lombera Rogelio. 23 de enero de 1945. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXV, página 1206, tesis de rubro "PETROLEOS MEXICANOS, COMO DEBEN RENDIR LA PRUEBA DE CONFESION.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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