FISCALES

Artículo IUS 817121. PRUEBA TESTIMONIAL EN LOS JUICIOS DE AMPARO. RESULTADO DE LA INFORMACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

PRUEBA TESTIMONIAL EN LOS JUICIOS DE AMPARO. RESULTADO DE LA INFORMACION.

Si la prueba testimonial ha sido anunciada con la oportunidad legal respectiva, y aceptada como tal por el Juez de Distrito, es procedente tener el resultado del interrogatorio correspondiente, como medio probatorio de parte del agraviado; sin que sea obstáculo para ello, el hecho consistente en que el mismo quejosos no haya presentado, personalmente, escrito solicitando se tuviera como parte de sus pruebas, el resultado de la información testimonial, ni concurrido a la audiencia constitucional, sino que ambas gestiones las haya hecho por medio de su abogado patrono.

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Registro digital (IUS): 817121

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1932; Pág. 132

Precedentes

Queja 233/31. Isaac S. Herrera y Miguel Montes. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817121 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817121 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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