Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Cuando al interponer la revisión, los recurrentes manifiestan su inconformidad con el monto de la fianza exigida, deben aportar pruebas que demuestren que esa cantidad es suficiente o bien excesiva, pues en caso contrario, la Corte no tiene base legal alguna para juzgar del agravio.
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Registro digital (IUS): 817244
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 105
Amparo 3179/37.Uriarte Acosta Manuel. 13 de agosto de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.Amparo 5771/37. Castro Crescencio y coagraviados. 12 de noviembre de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 817243. EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA.
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Art. IUS 817249. ASUNTOS AGRARIOS.
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