FISCALES

Artículo IUS 817299. LICENCIAS, NEGATIVA DE.

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

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Texto Legal

LICENCIAS, NEGATIVA DE.

Si el acto reclamado se hace consistir en la negativa de la autoridad administrativa correspondiente, para extender licencia para que los quejosos abran sus comercios, debe negarse la suspensión por tratarse de un acto negativo, que aun cuando tiene efectos positivos consistentes en impedirle esa apertura no puede suspenderse por virtud de la medida porque a través de ésta no puede autorizarse la apertura sin la licencia respectiva, por no ser esa, atribución de la autoridad judicial.

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Registro digital (IUS): 817299

Fuente: Informes

Instancia: Primera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 108

Precedentes

Amparo 3279/37. Cuevas Daniel Eladio. 23 de septiembre de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817299 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817299 de la J. Fiscales SCJN?

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