Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Si el acto reclamado se hace consistir en la negativa de la autoridad administrativa correspondiente, para extender licencia para que los quejosos abran sus comercios, debe negarse la suspensión por tratarse de un acto negativo, que aun cuando tiene efectos positivos consistentes en impedirle esa apertura no puede suspenderse por virtud de la medida porque a través de ésta no puede autorizarse la apertura sin la licencia respectiva, por no ser esa, atribución de la autoridad judicial.
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Registro digital (IUS): 817299
Fuente: Informes
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 108
Amparo 3279/37. Cuevas Daniel Eladio. 23 de septiembre de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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