FISCALES

Artículo IUS 817359. QUEJA IMPROCEDENTE.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

QUEJA IMPROCEDENTE.

Es improcedente la queja que se formula por defecto en la ejecución de una ejecutoria de amparo, cuando ésta no trató concretamente de los puntos que sirven de base a aquélla. Las quejas sólo tienen por objeto definir si una ejecutoria de amparo ha sido cumplida en sus estrictos términos por la autoridad a quien competa, y no decidir si con la ejecución de aquélla se origina violación de garantías.

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Registro digital (IUS): 817359

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1934; Pág. 61

Precedentes

Queja 305/33. Andrade viuda de Anduaga Ana María. 12 de marzo de 1934. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817359 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817359 de la J. Fiscales SCJN?

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