FISCALES

Artículo IUS 817525. PERSONALIDAD.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PERSONALIDAD.

Si la autoridad demandada pronunció una resolución que causa perjuicios a los intereses jurídicos de la sociedad quejosa, y está acreditada en autos la existencia de esa resolución, no hay razón legal ni principio de justicia que justifiquen el desconocimiento de la existencia legal de dicha sociedad, necesaria para defenderse en el juicio constitucional.

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Registro digital (IUS): 817525

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 102

Precedentes

Amparo 2503/35. Compañía de Obras y Mejoras Materiales de Puebla, S. A. 26 de octubre de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817525 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817525 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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