FISCALES

Artículo IUS 817536. RECONSIDERACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

RECONSIDERACION.

Aun admitiendo que por haberse aceptado el escrito de reconsideración se hubiera interrumpido el término para ocurrir al amparo, este no procede cuando la reconsideración se pide después de haber fenecido el término para interponer el juicio constitucional.

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Registro digital (IUS): 817536

Fuente: Informes

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1937; Pág. 115

Precedentes

Amparo 6167/36. Medina Barón Luis. 2 de febrero de 1937. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817536 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817536 de la J. Fiscales SCJN?

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