FISCALES

Artículo IUS 817685. CONTRATO DE CAMBIO Y DE TRABAJO.

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

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Texto Legal

CONTRATO DE CAMBIO Y DE TRABAJO.

Existe, según el artículo 449 del Código de Comercio, sin perjuicio de los que puedan mediar entre girador y aceptante; de donde resulta que aun cuando estuviere comprobada la existencia de un contrato de trabajo, éste sería independiente del de cambio. En tal virtud, la competencia para conocer del juicio ejecutivo mercantil, en el que se ejercita una acción fundada en las letras de cambio exhibidas por el actor, corresponde a la autoridad judicial; tanto más, cuanto que la existencia del contrato de trabajo no está justificada, y que el demandado se sometió tácitamente al Juzgado dónde se inició el juicio ejecutivo mercantil.

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Registro digital (IUS): 817685

Fuente: Informes

Instancia: Pleno

Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; Informes; Informe 1932; Pág. 69

Precedentes

Competencia entre el Juez Primero de Distrito del Distrito Federal y la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Puebla. La publicación no menciona la fecha de resolución del asunto, el sentido de la votación, ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817685 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Pleno

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817685 de la J. Fiscales SCJN?

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