FISCALES

Artículo IUS 817724. PRUEBAS PRACTICADAS ANTES DE LA DEMANDA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

PRUEBAS PRACTICADAS ANTES DE LA DEMANDA.

Las diligencias de prueba practicadas antes de la demanda y que no sean de las autorizadas como actos prejudiciales por la ley, no pueden tener valor alguno en el juicio, y otro tanto debe decirse de las declaraciones anteriores a la demanda, que no tengan por objeto exclusivo la personalidad del declarante, sino que se extiendan a puntos de hecho o de derecho sobre la cuestión litigiosa.

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Registro digital (IUS): 817724

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 383

Precedentes

Amparo en revisión 4339/27. Tricio de Gutiérrez Victoria. 2 de febrero de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817724 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817724 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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