FISCALES

Artículo IUS 817729. RECUSACION.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

RECUSACION.

Si el amparo se hace valer contra el fallo que desecha un incidente de recusación sin causa, y aparece que esa recusación se hizo valer en el período de ejecución de sentencia, no debe desecharse la demanda por improcedente, en virtud de que se trata de un acto ejecutado después de concluido el juicio y el quejoso puede quedar privado de defensa de una manera definitiva.

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Registro digital (IUS): 817729

Fuente: Informes

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; Informes; Informe 1933; Pág. 385

Precedentes

Amparo en revisión 13442/32. Vitela Rufo E. 4 de febrero de 1933. La publicación no menciona el sentido de la votación ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 817729 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 817729 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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