Tesis aislada · Quinta Época · Segunda Sala
Este artículo no es aplicable al caso de personas que se limitan a transporta mercancías que les vienen directamente consignadas a ellas y no al transporte de mercancías de terceros.
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Registro digital (IUS): 817818
Fuente: Informes
Instancia: Segunda Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; Informes; Informe 1947; Pág. 95
Amparo 3437/44. Ruiz y García sucesor. 14 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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