FISCALES

Artículo IUS 818244. PERSONALIDAD EN EL AMPARO.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PERSONALIDAD EN EL AMPARO.

Como las cuestiones de personalidad son una de las bases esenciales del procedimiento, las mismas deben ser examinadas de oficio, sin que obste para ello que el Juez de Distrito o el presidente de la Suprema Corte hayan tenido por acreditada dicha personalidad.

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Registro digital (IUS): 818244

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen V, Tercera Parte; Pág. 177

Precedentes

Amparo en revisión 4865/57. Comisariado Ejidal de Cahulote de Santa Ana, Municipio de Turicato, Tacámbaro, Michoacán. 13 de noviembre de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.Sexta Epoca, Tercera Parte:Volumen I, página 48. Amparo en revisión 346/56. Rubén Hurtado. 29 de julio de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818244 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818244 de la J. Fiscales SCJN?

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