FISCALES

Artículo IUS 818371. PUERTOS LIBRES, EXENCION DE IMPUESTOS.

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

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Texto Legal

PUERTOS LIBRES, EXENCION DE IMPUESTOS.

De acuerdo con el artículo 5o. de la Ley de Puertos Libres Mexicanos, los perímetros en donde se encuentran establecidos los puertos libres están exentos de impuestos que no sean los establecidos en la propia ley o en su reglamento, por lo que, no estando establecido el impuesto sobre la renta en ninguno de esos ordenamientos, es claro que el mismo no se causa.

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Registro digital (IUS): 818371

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXI, Tercera Parte; Pág. 49

Precedentes

Revisión fiscal 116/59. Congeladora de Productos del Mar, S. A. 6 de enero de 1960. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Rafael Matos Escobedo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818371 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818371 de la J. Fiscales SCJN?

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