FISCALES

Artículo IUS 818439. DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR LA SUSPENSION.

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

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Texto Legal

DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR LA SUSPENSION.

El incidente de daños y perjuicios establecido en el artículo 129 de la Ley de Amparo sólo puede ocuparse de los causados con motivo de la suspensión del acto reclamado en el juicio de amparo, de donde se advierte que no es materia del mismo el monto de las costas, el que deberá fijarse en el incidente respectivo por el Juez del conocimiento.

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Registro digital (IUS): 818439

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen L, Cuarta Parte; Pág. 96

Precedentes

Queja 102/61 "Humigeno de Morelia", S. A. 23 de agosto de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818439 del FISCALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818439 de la J. Fiscales SCJN?

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