FISCALES

Artículo IUS 818513. AGRARIO. PRUEBA DE INSPECCION JUDICIAL. A LOS NUCLEOS DE POBLACION DEBE DARSELES OPORTUNIDAD PARA COMPARECER A SU DESAHOGO.

Tesis aislada · Séptima Época · Segunda Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaséptima-Épocaadministrativa

Texto Legal

AGRARIO. PRUEBA DE INSPECCION JUDICIAL. A LOS NUCLEOS DE POBLACION DEBE DARSELES OPORTUNIDAD PARA COMPARECER A SU DESAHOGO.

El Juez omite respecto al desahogo de la prueba de inspección judicial la aplicación de los artículos 161 y 162 del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley de Amparo, al proceder al desahogo de la misma sin que hubiera sido emplazado el núcleo ejidal tercero perjudicado y sin que se le hubiera citado oportunamente y estuviera en posibilidad de ocurrir a la inspección a hacer las observaciones que estimara oportunas, incurriendo en una violación al procedimiento que obliga, con apoyo en el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, a revocar la sentencia y decretar la reposición del procedimiento en el juicio de garantías para el efecto de que el Juez de Distrito provea lo necesario a fin de que, con oportuna citación de las partes, se proceda al desahogo de la prueba de inspección judicial ofrecida en el negocio.

---

Registro digital (IUS): 818513

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Segunda Sala

Localización: [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Tercera Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo en revisión 5420/73. Ernesto Pérez Arteaga y otros. 9 de julio de 1975. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Séptima Epoca, Tercera Parte:Volumen 74, página 29. Amparo en revisión 2624/74. Joaquín Alejandro Ruiz Ortiz. 26 de febrero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Volumen 61, página 20. Amparo en revisión 714/73. Amadeo Zumaya Flores y otros (acumulados). 17 de enero de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.Volumen 32, página 21. Amparo en revisión 5549/70. Eliseo González Herrera Garza y otros. 19 de agosto de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.Nota: En el Volumen 74, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. PRUEBA DE INSPECCION OCULAR. A LOS NUCLEOS DE POBLACION DEBE DARSELES OPORTUNIDAD PARA COMPARECER A SU DESAHOGO.".

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 818513 del FISCALES?

Tesis aislada · Séptima Época · Segunda Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 818513 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 818513 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 818513 FISCALES desde tu celular