FISCALES

Artículo 5 . COMPETENCIA, RESOLUCIONES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA EN MATERIA DE. ALCANCE.

Tesis aislada · Octava Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

COMPETENCIA, RESOLUCIONES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA EN MATERIA DE. ALCANCE.

La resolución de un conflicto competencial por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sólo tiene por objeto precisar qué autoridad jurisdiccional debe resolver sobre la existencia o inexistencia de una prestación reclamada atendiendo a la naturaleza de las prestaciones que se exigen por el actor, pero no tiene facultades la propia Corte para que, sin previo juicio, desconozca los derechos y prestaciones que demanda aquél, ni obligarlo a fundar sus prestaciones o acciones en un ordenamiento legal distinto, al que el demandado cree tener derecho. Si el actor ejercita una acción laboral, no se puede, sin previo juicio, obligarlo a que deduzca sus derechos mediante una acción civil o mercantil, y corresponde a las autoridades del trabajo, mediante el debido proceso legal, resolver si el actor tiene derecho a las prestaciones legales que demanda. Está bajo la responsabilidad del actor el ejercitar bien o mal sus derechos, si ejercita una acción laboral mediante los procedimientos seguidos ante los tribunales del trabajo (en el cual la contraparte tiene plenitud de derechos para defenderse) y se demuestra que no existía relación laboral, sino una regida por el derecho civil o mercantil, se dictará una sentencia que absuelva al demandado, pero en un juicio en que se cumplan las formalidades esenciales de un procedimiento.

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Registro digital (IUS): 819173

Clave: 5

Fuente: Informes

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 8a. Época; 4a. Sala; Informes; Informe 1988, Parte II; Pág. 21

Precedentes

Competencia 248/85. Junta Especial No. 48 de la Federal de Conciliación y Arbitraje en Coatzacoalcos, Veracruz, y Juez Segundo de Primera Instancia de dicha ciudad. 26 de septiembre de 1988. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María del Refugio Convarrubias de Martín del Campo.Precedente:Competencia 37/67. Roberto Cañedo Ramírez. 30 de enero de 1969. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del FISCALES?

Tesis aislada · Octava Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

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