LABORALES

Artículo I.6o.T.1 L (10a.). PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. SI EN DIVERSO LAUDO SE DECLARÓ PROCEDENTE RESPECTO DE CIERTAS PRESTACIONES Y NO SE IMPUGNÓ OPORTUNAMENTE, ES LEGAL LA DETERMINACIÓN DE LA JUNTA QUE LA HACE EXTENSIVA EN UNO NUEVO EN RELACIÓN CON OTRAS PRESTACIONES, SI AQUÉLLA SE OPUSO DE MANERA GENERAL RESPECTO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS RECLAMOS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

PRESCRIPCIÓN EN MATERIA LABORAL. SI EN DIVERSO LAUDO SE DECLARÓ PROCEDENTE RESPECTO DE CIERTAS PRESTACIONES Y NO SE IMPUGNÓ OPORTUNAMENTE, ES LEGAL LA DETERMINACIÓN DE LA JUNTA QUE LA HACE EXTENSIVA EN UNO NUEVO EN RELACIÓN CON OTRAS PRESTACIONES, SI AQUÉLLA SE OPUSO DE MANERA GENERAL RESPECTO DE TODOS Y CADA UNO DE LOS RECLAMOS.

Si en un diverso laudo al que se reclama, la Junta declaró procedente la excepción de prescripción opuesta en términos del artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo respecto de ciertas prestaciones, sin haber sido impugnada tal cuestión oportunamente, es legal su proceder de hacer extensiva en el nuevo laudo dicha excepción en relación con otros reclamos, atendiendo al principio de congruencia que todo fallo debe contener, si ésta se opuso en forma general, es decir, respecto de todas y cada una de las prestaciones, toda vez que resultaría ilógico tener prescrita la reclamación a un año anterior a la presentación de la demanda, en relación con ciertas prestaciones y como vivo el derecho del pago de otras por todo el tiempo que duró la relación laboral, así como absurdo que la autoridad responsable tuviera que hacer pronunciamiento en lo particular respecto de la citada excepción con relación a cada prestación.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000122

Clave: I.6o.T.1 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IV, Enero de 2012; Tomo 5; Pág. 4575

Precedentes

Amparo directo 784/2011. 6 de octubre de 2011. Mayoría de votos. Disidente: Carolina Pichardo Blake. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Claudia Gabriela Soto Calleja.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.6o.T.1 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.6o.T.1 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

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