LABORALES

Artículo XI.1o.A.T.1 L (10a.). COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES ENTRE LOS HOSPITALES GENERALES DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE MICHOACÁN Y SUS TRABAJADORES. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE ESA ENTIDAD.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

COMPETENCIA PARA CONOCER DE LOS CONFLICTOS LABORALES ENTRE LOS HOSPITALES GENERALES DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE MICHOACÁN Y SUS TRABAJADORES. CORRESPONDE AL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE ESA ENTIDAD.

La Secretaría de Salud del Estado de Michoacán, como autoridad sanitaria, es una dependencia del Poder Ejecutivo del Estado que forma parte de la administración pública estatal centralizada, constituida en unidades administrativas denominadas hospitales generales, que le están jerárquicamente subordinadas y que cuentan con su propia reglamentación interna; por lo que cuando un trabajador demande a quien resulte responsable de la fuente de trabajo, consistente en un hospital general que forma parte de esa secretaría, entonces, la competencia para conocer de esa controversia laboral, en términos de los artículos 1o. y 96, fracción I, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoacán de Ocampo y de sus Municipios, corresponde al Tribunal de Conciliación y Arbitraje de esa entidad.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2000958

Clave: XI.1o.A.T.1 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro IX, Junio de 2012; Tomo 2; Pág. 804

Precedentes

Competencia 16/2011. Suscitada entre el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado y la Junta Especial Número Tres de la Local de Conciliación y Arbitraje, ambos del Estado de Michoacán. 2 de febrero de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretario: Edgar Martín Gasca de la Peña.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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