LABORALES

Artículo I.13o.T.37 L (10a.). EXCEPCIÓN DE NO ACATAMIENTO AL LAUDO, APOYADA EN LA FRACCIÓN V, DEL ARTÍCULO 49, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. IMPROCEDENCIA DE LA. SI EL TRABAJADOR ACREDITA QUE CONTINUÓ LABORANDO EN FECHA POSTERIOR AL FENECIMIENTO DE SU ÚLTIMO CONTRATO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

EXCEPCIÓN DE NO ACATAMIENTO AL LAUDO, APOYADA EN LA FRACCIÓN V, DEL ARTÍCULO 49, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. IMPROCEDENCIA DE LA. SI EL TRABAJADOR ACREDITA QUE CONTINUÓ LABORANDO EN FECHA POSTERIOR AL FENECIMIENTO DE SU ÚLTIMO CONTRATO.

De conformidad con la fracción V del artículo 49 de la Ley Federal del Trabajo, el patrón queda eximido de la obligación de reinstalar al trabajador mediante el pago de las indemnizaciones determinadas en el artículo 50, cuando se trate de trabajadores eventuales. Por su parte, el artículo 35 de la misma legislación establece que las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado y que a falta de estipulación expresa, la relación será por tiempo indeterminado. En esas condiciones, si un trabajador acredita que con posterioridad a la fecha de vencimiento del último contrato por tiempo determinado, continuó prestando sus servicios, la extensión del contrato se entiende tácita y, por ende, por tiempo indeterminado, precisamente por haber concluido el contrato temporal y continuado la relación de trabajo sin estipulación expresa, por lo que la excepción de no acatamiento del laudo es improcedente.DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2001109

Clave: I.13o.T.37 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro X, Julio de 2012; Tomo 3; Pág. 1862

Precedentes

Amparo directo 1335/2011. 16 de abril de 2012. Mayoría de votos. Disidente: Héctor Landa Razo. Ponente: María del Rosario Mota Cienfuegos. Secretaria: Araceli Palacios Duque.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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