LABORALES

Artículo I.9o.T.10 L (10a.). ABANDONO DEL EMPLEO. EL CÓMPUTO DEL TÉRMINO PARA QUE OPERE LA PRESCRIPCIÓN PARA QUE EL PATRÓN EJERCITE LA ACCIÓN PARA DAR POR TERMINADA LA RELACIÓN LABORAL, INICIA A PARTIR DE QUE TIENE CONOCIMIENTO DE LAS CAUSAS DE AQUÉL.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladadécima-Épocalaboral

Texto Legal

ABANDONO DEL EMPLEO. EL CÓMPUTO DEL TÉRMINO PARA QUE OPERE LA PRESCRIPCIÓN PARA QUE EL PATRÓN EJERCITE LA ACCIÓN PARA DAR POR TERMINADA LA RELACIÓN LABORAL, INICIA A PARTIR DE QUE TIENE CONOCIMIENTO DE LAS CAUSAS DE AQUÉL.

El cómputo del término prescriptivo de cuatro meses, previsto en el artículo 113, fracción II, inciso c), de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, con que cuenta el patrón para ejercer su facultad para dar por terminada la relación contractual con el trabajador por abandono del empleo, inicia a partir de que conoce las causas, es decir, a partir de que el titular demandado determine que el actor dejó definitivamente de asistir al trabajo, que es el momento en que considera prudente ejercer su facultad para dar por terminada la relación laboral con el trabajador; numeral que no señala que sea a partir de que se notifica al trabajador; por lo que resulta improcedente la excepción de prescripción cuando el actor, para solicitar su procedencia, parte de la fecha en que le fue notificado el aviso de cese por haber abandonado el empleo, en términos del artículo 46, fracción I, de la ley citada.NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2001211

Clave: I.9o.T.10 L (10a.)

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XI, Agosto de 2012; Tomo 2; Pág. 1559

Precedentes

Amparo directo 445/2012. Titular de la Secretaría de Educación Pública. 23 de mayo de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Emilio González Santander. Secretaria: Adriana de la Torre Meza.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.9o.T.10 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.9o.T.10 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.9o.T.10 L (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.9o.T.10 L (10a.) LABORALES desde tu celular