Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
De las reglas de operación de los programas sociales del Instituto de la Juventud del Distrito Federal para el ejercicio fiscal de 2009 se advierte que la figura de tutor social se creó para establecer un sistema de acompañamiento que permita dar seguimiento a las actividades de las y los jóvenes, detectar sus necesidades y buscar alternativas de solución a sus problemas, lo cual no implica una relación laboral, sino de servicio social a la comunidad, aunque se les otorga una ayuda económica cuando el órgano de gobierno de dicho instituto lo autoriza, por lo que no constituye un puesto o una plaza. Por tanto, la figura de tutor social voluntario es un apoyo del referido instituto para el desarrollo del programa social aludido.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2002929
Clave: I.6o.T.39 L (10a.)
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XVII, Febrero de 2013; Tomo 2; Pág. 1526
Amparo directo 1205/2012. Lucila Bravo González. 8 de noviembre de 2012. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Norma Nelia Figueroa Salmorán.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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