LABORALES

Artículo I.3o.T.20 L (10a.). JUBILACIÓN DE LOS PILOTOS DE LA COMPAÑÍA MEXICANA DE AVIACIÓN. PARA QUE TENGAN DERECHO A LA PENSIÓN RELATIVA, ÚNICAMENTE DEBEN CUMPLIR CON EL REQUISITO DE EDAD (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 113 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, CUATRIENIO 2006-2010).

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

scjn-jurisprudencias-laboralestesis_aisladadécima-Épocalaboral

Texto Legal

JUBILACIÓN DE LOS PILOTOS DE LA COMPAÑÍA MEXICANA DE AVIACIÓN. PARA QUE TENGAN DERECHO A LA PENSIÓN RELATIVA, ÚNICAMENTE DEBEN CUMPLIR CON EL REQUISITO DE EDAD (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 113 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, CUATRIENIO 2006-2010).

El citado numeral estatuye la procedencia de la jubilación de los pilotos de dicha empresa, siempre y cuando éstos cumplan 60 años de edad y "necesariamente deban jubilarse". Si bien de su interpretación literal podría concluirse que el uso de la conjunción copulativa "y", implica dos condiciones a cumplirse, lo cierto es que no existen elementos que lleven a dicha consideración, pues ni en el citado precepto o en alguno diverso del pacto colectivo se establece qué debe entenderse por la expresión aludida, a fin de comprender su verdadero alcance, o que disponga otra condición, de manera que dicho numeral impone una sola exigencia para obtener la pensión, y se refiere a la edad del trabajador; estimar lo contrario, implicaría aceptar que contiene requisitos discrecionales que podrían llevar a hacer nugatorio el derecho a la jubilación. Por tanto, si el actor acreditó tener 60 años de edad, procede la acción ejercitada.TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

---

Registro digital (IUS): 2005383

Clave: I.3o.T.20 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 2, Enero de 2014; Tomo IV; Pág. 3093

Precedentes

Amparo directo 602/2013. Raúl Gerardo Padrón Navarro. 7 de octubre de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Héctor Arturo Mercado López. Secretaria: Alma Ruby Villarreal Reyes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo I.3o.T.20 L (10a.) del LABORALES?

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo I.3o.T.20 L (10a.) de la J. Laborales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. I.3o.T.20 L (10a.) del LABORALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. I.3o.T.20 L (10a.) LABORALES desde tu celular