LABORALES

Artículo IX.1o.11 L (10a.). TRABAJADORES AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. LOS EFECTOS DE SU NOMBRAMIENTO SON, ENTRE OTROS, QUE CUMPLAN CON LOS DEBERES INHERENTES AL PUESTO.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

TRABAJADORES AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ. LOS EFECTOS DE SU NOMBRAMIENTO SON, ENTRE OTROS, QUE CUMPLAN CON LOS DEBERES INHERENTES AL PUESTO.

Por nombramiento debe entenderse el acto mediante el cual, el servidor público recibe las facultades y atribuciones para desempeñarse como tal, pues en él se designa a quien debe ocupar un cargo o puesto, por cumplir los requisitos que para ello establece la ley. Por regla general contiene: 1) Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio; 2) Los servicios que debe prestar, los que deben determinarse con la mayor precisión posible; 3) El tipo de nombramiento: definitivo, interino, provisional, por tiempo fijo o por obra determinada; 4) La duración de la jornada de trabajo; 5) El sueldo y demás prestaciones que habrá de percibir el trabajador; y, 6) El lugar en donde se prestarán los servicios. Éstos son los requisitos mínimos que debe contener el documento relativo al nombramiento, por lo que, una vez aceptado por el trabajador, éste queda obligado a cumplir los deberes inherentes, esto es, a desempeñar las funciones que sean acordes con el puesto, pues así se advierte del artículo 22 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2006141

Clave: IX.1o.11 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 5, Abril de 2014; Tomo II; Pág. 1705

Precedentes

Amparo directo 741/2013. Víctor Manuel Aranda Castillo. 9 de enero de 2014. Unanimidad de votos. Ponente: Carlos L. Chowell Zepeda. Secretario: Juan Castillo Duque.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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