LABORALES

Artículo I.6o.T.145 L (10a.). VIOLACIÓN PROCESAL PLANTEADA EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO LABORAL. NO ES NECESARIO AGOTAR EL RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 128 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SI CON MOTIVO DE AQUÉLLA PUDIERAN AFECTARSE DERECHOS DEL TRABAJADOR.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

VIOLACIÓN PROCESAL PLANTEADA EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO LABORAL. NO ES NECESARIO AGOTAR EL RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 128 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, SI CON MOTIVO DE AQUÉLLA PUDIERAN AFECTARSE DERECHOS DEL TRABAJADOR.

El artículo 171, párrafo primero, de la Ley de Amparo establece que al reclamarse la sentencia definitiva, laudo o resolución que ponga fin al juicio, deberán hacerse valer las violaciones a las leyes del procedimiento, siempre y cuando el quejoso las haya impugnado durante la tramitación del juicio, mediante el recurso o medio de defensa que, en su caso, señale la ley ordinaria respectiva y la violación procesal trascienda al resultado del fallo; sin embargo, el segundo párrafo del mismo precepto legal, dispone que este requisito no será exigible en amparos contra actos que afecten derechos, entre otros, de los trabajadores. En consecuencia, no existe impedimento legal por parte del Tribunal Colegiado para analizar violaciones al procedimiento en el amparo directo, en el que se ventilen derechos de trabajadores, ante su falta de impugnación a través del recurso de revisión que prevé el artículo 128 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, al actualizarse uno de los casos de excepción al principio de definitividad que prevé el citado artículo.SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2010085

Clave: I.6o.T.145 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 22, Septiembre de 2015; Tomo III
; Pág. 2249

Precedentes

Amparo directo 2155/2014. César Faustino Peralta Salomón. 6 de agosto de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretaria: Claudia Gabriela Soto Calleja.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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