LABORALES

Artículo XI.1o.A.T.44 L (10a.). DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA LABORAL. EL EFECTUADO EN EL DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, POR EL APODERADO DEL TRABAJADOR EN PRESENCIA DE ÉSTE, ES LEGAL Y NO REQUIERE RATIFICACIÓN.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA LABORAL. EL EFECTUADO EN EL DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, POR EL APODERADO DEL TRABAJADOR EN PRESENCIA DE ÉSTE, ES LEGAL Y NO REQUIERE RATIFICACIÓN.

Si en el desahogo de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, el trabajador comparece en compañía de su apoderado y, en esa diligencia éste desiste de la demanda y se acuerda de conformidad, ello evidencia que aun cuando no contara con las facultades suficientes para hacerlo, es innecesaria su ratificación pues, implícitamente, era voluntad del trabajador abdicar de su pretensión, ya que como dato objetivo demuestra que ésa era la asumida por su apoderado, pues él mismo lo presenció y consintió, es por ello que ese desistimiento debe considerarse legal, conforme al principio de buena fe, aplicable en términos del artículo 14, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que autoriza la aplicación de los principios generales del derecho para resolver asuntos laborales. En consecuencia, el desistimiento de la demanda en esos términos, es legal y no requiere ratificación.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

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Registro digital (IUS): 2018945

Clave: XI.1o.A.T.44 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 62, Enero de 2019; Tomo IV; Pág. 2449

Precedentes

Amparo directo 636/2016. Jesús Ismael Contreras Suárez. 5 de octubre de 2017. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Uriel Torres Hernández. Secretario: Jorge Isaac Martínez Alcántar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo XI.1o.A.T.44 L (10a.) del LABORALES?

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