LABORALES

Artículo (IV Región)1o.20 L (10a.). INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) Y SUS ORGANISMOS. CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA DESPEDIR A SUS TRABAJADORES O PARA DISCIPLINAR SUS FALTAS.

Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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Texto Legal

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS) Y SUS ORGANISMOS. CÓMPUTO DEL PLAZO PARA QUE OPERE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA DESPEDIR A SUS TRABAJADORES O PARA DISCIPLINAR SUS FALTAS.

De las cláusulas 55 y 55 Bis del Contrato Colectivo de Trabajo del Instituto Mexicano del Seguro Social, bienio 2013-2015, así como de los artículos 66 y 81 del Reglamento Interior de Trabajo, se advierte que tratándose de cuestiones relacionadas con la rescisión del vínculo laboral será dicho instituto, en su carácter de patrón, el que realice una investigación administrativa con el fin de determinar lo conducente; mientras que tratándose de sanciones disciplinarias, son la Comisión Nacional Mixta Disciplinaria y sus Subcomisiones las encargadas de imponerlas, previa investigación administrativa que al respecto realicen. Por tanto, al tratarse de investigaciones administrativas independientes y autónomas entre sí, que se regulan en distintas disposiciones y dan lugar a acciones de diversa naturaleza, en términos del artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo, para determinar el cómputo para que opere la prescripción de la acción deberá atenderse a su naturaleza; es decir, si se hizo valer para despedir al trabajador o para disciplinar sus faltas, así como el momento en que culminó la investigación administrativa correspondiente seguida por el órgano facultado para ello.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

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Registro digital (IUS): 2021746

Clave: (IV Región)1o.20 L (10a.)

Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito

Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 76, Marzo de 2020; Tomo II; Pág. 931

Precedentes

Amparo directo 945/2019 (cuaderno auxiliar 963/2019) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Instituto Mexicano del Seguro Social. 11 de diciembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Vega Ramírez. Secretaria: Lucero Edith Fernández Beltrani.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

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Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito

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