Tesis aislada · Décima Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando en el juicio laboral se condene a dos o más personas al pago de las mismas prestaciones por considerar que les recae la calidad de patrones, debe entenderse que son responsables solidarios de la subsistencia del trabajador, cuando promuevan juicio de amparo en contra del laudo que los condena. De ahí que para efectos de la suspensión, el monto de dicha subsistencia debe distribuirse de manera proporcional entre los condenados, y no ser pagada en su totalidad por cada uno.PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL OCTAVO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 2022086
Clave: VIII.1o.C.T.7 L (10a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 78, Septiembre de 2020; Tomo II; Pág. 983
Queja 224/2019. Rosa Isela Sámago García. 5 de diciembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Cruz Álvarez. Secretaria: Diana Pérez Bautista.Queja 225/2019. Oportho Company, S.A. de C.V. 5 de diciembre de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Cruz Álvarez. Secretaria: Diana Pérez Bautista.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. X.2o.7 L (10a.). PRUEBA DE INSPECCIÓN. LA JUNTA LABORAL PUEDE ORDENAR SU DESAHOGO EN EL LUGAR DE RESIDENCIA DE LA MISMA, SI EL OFERENTE NO JUSTIFICA LA NECESIDAD DE QUE SE LLEVE A CABO EN UNA LOCALIDAD DIVERSA Y SE LIMITA A SEÑALAR QUE OBEDECE A CUESTIONES DE ÍNDOLE CONTABLE Y FISCAL.
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Art. VIII.1o.C.T.10 L (10a.). RECURSO DE QUEJA EN EL AMPARO EN MATERIA LABORAL. EL TRIBUNAL COLEGIADO ESTÁ FACULTADO PARA MODIFICAR Y AUMENTAR LOS MONTOS CORRESPONDIENTES A LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR, DAÑOS Y PERJUICIOS, AUNQUE EL RECURRENTE SEA EL PATRÓN, Y EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE PROVEA EN FORMA INFUNDADA E INMOTIVADA SOBRE LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL LAUDO.
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