Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
La promoción de juicios anteriores y el hecho de que en uno de ellos se haya reinstalado al actor, por sí solo no es suficiente para considerar de mala fe el ofrecimiento del trabajo que se le hace en un juicio posterior, ya que para la calificación de ese ofrecimiento lo trascendente son las condiciones en que se efectúa por cuanto a la prestación del servicio.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800297
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 444
Amparo directo 4377/87. Darío Magaña Madrigal. 25 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: César Esquinca Muñoa. Secretario: Pedro Pérez Popomeya.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 800298. PRUEBA PERICIAL, DESECHAMIENTO INDEBIDO DE LA.
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