Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
En un juicio de carácter laboral en el que el patrón es el quejoso y éste en un lapso de más de trescientos días deja de presentar promociones a fin de activar el procedimiento, resulta claro que ha operado el sobreseimiento en el juicio de amparo correspondiente por inactividad procesal con base y fundamento en la fracción V del artículo 74 de la Ley de Amparo.SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800355
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 463
Amparo directo 922/86. Fernando Haro Silva, propietario de "Construcciones Metálicas Cuauhtémoc". 22 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Sergio Mena Aguilar.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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