Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Como con los escritos de demanda y contestación se integra la litis en el juicio laboral, si en alguno de ellos se hace referencia a diversos hechos en los que interviene una persona como representante del patrón, por imputársele directamente el despido, por lo que implícitamente se le está dando el carácter de representante de la empresa aun cuando no se especifiquen sus funciones, resulta procedente admitir la prueba confesional ofrecida a cargo de dicho representante, para hechos propios, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 767 en relación con el 11, de la Ley Federal del Trabajo.TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800412
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 522
Amparo directo 507/87. Víctor Manuel Ruiz Castillo. 11 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Robustiano Ruiz Martínez. Secretaria: Martha Llamile Ortiz Brena.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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