Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Si bien es cierto que la prueba confesional no es apta para comprobar la validez de un convenio, porque se trata de un tema de derecho, también lo es que sí es idónea para acreditar el monto del salario y las horas extras de trabajo, ya que en sí mismas constituyen parte del conflicto, por lo que al desechar la junta estos medios de prueba, deja en estado de indefensión a la peticionaria de garantías.QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800453
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 525
Amparo directo 3902/87. México Compañía Constructora, S.A. de C.V. 24 de marzo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Gemma de la Llata Valenzuela. Secretaria: Rosa Elena Rivera Barbosa.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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