Tesis aislada · Octava Época · Tribunales Colegiados de Circuito
Cuando se reclama por el actor el despido y el patrón lo niega y ofrece el trabajo en las condiciones que aquél aduce, para determinar si tal ofrenda es de buena fe, la junta debe verificar si del resultado de la diligencia de reinstalación, aparece que el demandado cumplió con lo ofrecido.QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
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Registro digital (IUS): 800530
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo I, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1988; Pág. 587
Amparo directo 5060/87. Adolfo González Pérez. 24 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Rafael Barredo Pereira. Secretaria: Elsa María Cárdenas Brindis.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. IUS 800528. PREFERENCIA, DERECHO DE. NO EXISTE POSTERGACION CUANDO EL TRABAJADOR CON MEJORES DERECHOS ESCALAFONARIOS NO ESTA EN APTITUD DE ACUDIR A LABORAR.
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Art. IUS 800540. REPRESENTANTE DEL PATRON, EL GERENTE GENERAL DE UNA SOCIEDAD LO ES.
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