Tesis aislada · Séptima Época · Cuarta Sala
La falta de permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que una empresa privada realice maniobras de carga y descarga de mercancías de su pertenencia en zona federal, con elementos propios, puede hacerla acreedora a una sanción de carácter administrativo, de parte de la autoridad correspondiente, mas no trae como consecuencia que dichas maniobras se consideren de servicio público, ni que se le obligue a emplear en la ejecución de las mismas a socios del sindicato que tenga la concesión del servicio público de carga y descarga en la zona federal de que se trate.
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Registro digital (IUS): 800737
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 41, Quinta Parte; Pág. 13
Amparo directo 5573/71. Maquiladora de Madera Pondero, S.A. 8 de mayo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "CARGA, ESTIBA Y ALIJO, MANIOBRAS DE.".
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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