Tesis aislada · Séptima Época · Cuarta Sala
El artículo 760 de la ley laboral exige que cada parte exhiba desde luego los documentos que ofrece como prueba (fracción V) y que si se trata de informes o copias que debe expedir alguna autoridad, podrá el oferente solicitar de la Junta que los pida, indicando los motivos que le impidan obtenerlos directamente; así que, si las partes no dan cumplimiento a esta norma al no exponer las razones por las cuales no pueden obtener directamente las pruebas, la Junta obra correctamente al desecharlas; máxime si las partes están en posibilidad de obtenerlas directamente, y además no se demuestra que las autoridades en cuestión se nieguen a proporcionarlas.
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Registro digital (IUS): 800738
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 47, Quinta Parte; Pág. 50
Amparo directo 2107/72. Sindicato de Trabajadores de Sanitarios Procesa y coagraviados. 29 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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