Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
La Ley Federal del Trabajo faculta la cláusula de exclusión cuando el trabajador renuncia o es expulsado del sindicato al que pertenece, pero de ninguna manera autoriza que un sindicato pueda, sin acuerdo de las dos terceras partes de sus miembros y sin haberlo pactado así en sus estatutos, suspender a su arbitrio a los trabajadores; y, cuando se procede en esta última forma, los sindicatos son solidariamente responsables de las irregularidades cometidas en perjuicio del trabajador.
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Registro digital (IUS): 801757
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Quinta Parte; Pág. 118
Amparo directo 1156/66. María de la Luz Olvera Sosa. 27 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. I.13o.T.51 L (10a.). INSUMISIÓN AL ARBITRAJE. SI AGOTADO EL PROCEDIMIENTO INCIDENTAL EL PATRÓN DESISTE DE AQUÉLLA, NO ES JURÍDICAMENTE POSIBLE RETROTRAER EL PROCEDIMIENTO O SEÑALAR UNA NUEVA FECHA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES PARA QUE OPONGA EXCEPCIONES.
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