Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Cuando el convenio de transacción se refiere al caso de terminación voluntaria del contrato de trabajo (fracción I del artículo 126 de la ley laboral), el acto jurídico es correcto y legal en sí, y sólo podría anularse demostrando que han existido vicios de la voluntad que determinan su ineficacia jurídica o que concurre alguna de las circunstancias indicadas en el artículo 123 constitucional.
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Registro digital (IUS): 801840
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen III, Quinta Parte; Pág. 47
Amparo directo 5652/56. Sidronio Balderas y coagraviados. 5 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Díaz Infante.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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Art. 2a./J. 177/2012 (10a.). PRUEBA DE INSPECCIÓN OFRECIDA EN EL JUICIO LABORAL SOBRE DOCUMENTOS U OBJETOS QUE SE ENCUENTREN A DISPOSICIÓN O EN PODER DE LA PARTE OFERENTE. SUPUESTO EN EL QUE LA MATERIA A INSPECCIONAR SE ENCUENTRE EN UN SITIO DIVERSO.
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Art. XVII.1o.C.T.19 L (10a.). PRUEBA DOCUMENTAL EXHIBIDA EN COPIA CERTIFICADA POR NOTARIO PÚBLICO EN EL JUICIO LABORAL. ES ILEGAL QUE LA JUNTA PREVENGA A SU OFERENTE PARA QUE EXHIBA SU ORIGINAL Y LLEVE A CABO SU RATIFICACIÓN, PUESTO QUE AQUÉLLA ES EQUIPARABLE A ÉSTA.
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