Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Solamente el ofrecimiento de reposición en su trabajo hecho al trabajador dentro del juicio laboral, interrumpe su derecho a percibir salarios caídos; pero lógicamente, desde la fecha en que tal ofrecimiento sea de su conocimiento.
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Registro digital (IUS): 801892
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 120
Amparo directo 842/56. Juan Martínez Banda. 25 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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