LABORALES

Artículo IUS 801897. PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

PRUEBAS, APRECIACION DE LAS.

El artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, al facultar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para apreciar las pruebas en conciencia, excluye la aplicación de las normas contenidas en otros ordenamientos sobre valoración de las pruebas, por lo que no es exacto que la responsable viole, porque deje de aplicarlos, tales o cuales preceptos del Código Federal de Procedimientos Civiles.

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Registro digital (IUS): 801897

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen X, Quinta Parte; Pág. 104

Precedentes

Amparo directo 6216/57. Virginia Acosta Molina. 24 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 801897 del LABORALES?

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¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 801897 de la J. Laborales SCJN?

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