Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Son más dignas de crédito las declaraciones de los testigos rendidas ante las Juntas que conocen del conflicto, que las producidas ante las autoridades de orden penal, sin intervención de la contraparte, por lo que resulta ilógico desestimar aquéllas y conceder a éstas valor probatorio.
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Registro digital (IUS): 802248
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen VIII, Quinta Parte; Pág. 161
Amparo directo 3056/57. Eliseo Esquivel de la Cruz. 27 de febrero de 1958. Cinco votos. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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