LABORALES

Artículo IUS 802252. DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO EL PATRON LO NIEGA Y OFRECE EL TRABAJO, PERO CONTROVIERTE EL SALARIO.

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

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Texto Legal

DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA CUANDO EL PATRON LO NIEGA Y OFRECE EL TRABAJO, PERO CONTROVIERTE EL SALARIO.

Si el patrón niega haber despedido al trabajador y ofrece admitirlo nuevamente en su puesto, corresponde a éste demostrar que efectivamente fue despedido, ya que en tal caso se establece la presunción de que no fue el patrón quien rescindió el contrato de trabajo, por lo que cuando el trabajador insiste en que hubo despido, a él corresponde la prueba de sus afirmaciones; pero si el patrón niega el despido, pero controvierte el salario, aunque ofrezca el trabajo, si no llega a probar que el salario hubiera sido el señalado por él al contestar la demanda, no se revierte la carga de la prueba, por estimarse que tal ofrecimiento no fue hecho de buena fe y en las mismas condiciones en que el trabajo se venía desempeñando.

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Registro digital (IUS): 802252

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Cuarta Sala

Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Quinta Parte; Pág. 11

Precedentes

Amparo directo 9624/67. Cristian Abelardo Pérez Guemez. 19 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.Sexta Epoca, Quinta Parte:Volumen CXXXI, página 12. Amparo directo 6498/66. Rodolfo Medina Lara. 9 de mayo de 1968. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 802252 del LABORALES?

Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 802252 de la J. Laborales SCJN?

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