Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
Cuando el trabajador señala un salario en su demanda y el patrón demandado niega que ese sea el salario exacto, es al propio patrón a quien le corresponde probar el salario real devengado por el trabajador, precisamente porque es él quien tiene en su poder los libros y listas de raya con los cuales le es fácil demostrar su aserto.
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Registro digital (IUS): 802563
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen IX, Quinta Parte; Pág. 130
Amparo directo 6784/57. Auto Transportes Excélsior, S. A. 5 de marzo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.Sexta Epoca, Quinta Parte:Volumen VII, página 116. Amparo directo 5549/56. Inés Chavarría Degollado. 3 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.Volumen I, página 62. Amparo directo 403/54. "El Heraldo", Compañía Editorial, S. A. 11 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Guzmán Neyra. Ponente: Arturo Martínez Adame.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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