Tesis aislada · Sexta Época · Cuarta Sala
La aseveración de determinados hechos en constancias escritas, provenientes de terceros, constituye la esencia de la prueba testimonial y, por lo mismo, se requiere la ratificación de los firmantes para dar a la parte contraria oportunidad de repreguntarlos.
---
Registro digital (IUS): 802710
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Cuarta Sala
Localización: [TA]; 6a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen II, Quinta Parte; Pág. 41
Amparo directo 5430/56. Artemio Merino Balderas. 1o. de agosto de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Luis Díaz Infante.Sexta Epoca, Quinta Parte:Volumen I, página 51. Amparo directo 6143/56. Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
Anterior
Art. IUS 802708. DESPIDO DEL TRABAJADOR. CARGA DE LA PRUEBA.
Siguiente
Art. IUS 802714. FALTAS DE ASISTENCIA. RESCISION DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo